NOTA: Ésta información está actualizada al día 23 de mayo de 2023. Las leyes y políticas de inmigración de EE.UU. pueden cambiar rápidamente, tenga en cuenta que la información puede cambiar desde la última actualización. Hacemos todo lo posible para actualizar cuando hay cambios significativos. La información en este sitio web no constituye consejo legal y es únicamente para fines educativos.
¿Cómo puede una persona obtener una entrevista por miedo creíble bajo las políticas actuales en la frontera entre EE.UU. y México?
Desde el fin del Título 42 el 11 de Mayo de 2023 las leyes en la frontera entre Estados Unidos y México han cambiado. Ahora, las personas que buscan asilo son procesadas con base en una serie de leyes y regulaciones distintas, llamadas Título 8.
Un aspecto importante del Título 8 es el proceso denominado "deportación acelerada". Éste proceso permite al gobierno de EE.UU. someter a las personas a un proceso rápido de deportación si no parecen tener una solicitud de asilo válida. El primer paso en este proceso para las personas que dicen que tienen miedo de volver a casa se llama entrevista de miedo creíble (CFI) o entrevista de miedo razonable (RFI).
¿Qué es una Entrevista de Miedo Creíble (CFI)?
Para obtener una entrevista de miedo creíble (CFI), las personas deben expresarle a los oficiales de gobierno de Estados Unidos que tienen miedo de regresar a su país de origen. Las personas que tengan miedo de regresar a su país de origen también deben decir que quieren aplicar al asilo.
Es posible que los oficiales NO pregunten directamente a las personas si tienen miedo de regresar a su país de origen. Las personas deben decirle al oficial que les pregunte por su nombre e información personal, que tienen miedo de regresar a su país de origen y que están buscando asilo, siempre y cuando esto sea verdadero.
Expresar miedo de regresar al país de origen debe darle a las personas la posibilidad de acceder a una entrevista de miedo creíble o miedo razonable. Ésta entrevista es el primer paso para tratar de aplicar por asilo en Estados Unidos. Se concentrará en información relevante para el argumento de posible asilo de la persona solicitante.
Las entrevistas de miedo creíble o miedo razonable se llevan a cabo por oficiales de gobierno llamados “Oficiales de Asilo”. La entrevista de miedo creíble, o CFI, no será grabada en video o audio, ni se compartirá con nadie más fuera del gobierno de los Estados Unidos.
Para que se le permita permanecer en EE.UU. y solicitar asilo ante un juez de inmigración, las personas deben convencer al funcionario de que tienen alguna probabilidad de ganar la solicitud de asilo. En general, las personas que entran en EE.UU. con cita previa deben demostrar que tienen un 10% de probabilidades de ganar la solicitud de asilo para que se les permita presentarla ante un juez. Con algunas excepciones, las personas que entran sin cita previa o sin permiso entre los puertos de entrada a partir del 11 de mayo de 2023 deben demostrar una mayor probabilidad de sufrir persecución o tortura para tener la misma oportunidad.
A partir de mayo de 2023, la mayoría de los adultos solteros que hablan español, que entraron a los EE.UU. sin permiso, y que tienen entrevistas de miedo creíble están teniendo esas entrevistas mientras están detenidos bajo custodia de CBP. Estas entrevistas están sucediendo muy rápidamente, en cuestión de días. Las personas que esperan para las entrevistas de miedo creíble deben recibir una lista de abogados gratuitos del gobierno de EE.UU.; se recomienda encarecidamente que una persona llame a un abogado de esa lista para obtener asesoramiento antes de su entrevista. Las entrevistas bajo custodia de la CBP se realizan por teléfono.
También a partir de mayo de 2023, a algunas familias con niños se les está diciendo que se presenten a sus entrevistas después de haber llegado a su ciudad de destino en los EE.UU. Esto depende de la ciudad de destino. Recomendamos encarecidamente ponerse en contacto con un abogado antes de presentarse a esta entrevista si es posible.
Entrevistas de Miedo Razonable (RFI)
Las personas que no son elegibles para el asilo porque han sido deportadas de EE.UU. anteriormente, pero que dicen que tienen miedo de regresar a sus países, deben tener una entrevista sobre sus temores. Es lo que se denomina entrevista de temor razonable. Para poder solicitar protección frente a la deportación, una persona tiene que demostrar que tiene altas posibilidades de ser perseguida o torturada en su país de origen para que se le permita presentar su caso ante un juez en un procedimiento de inmigración completo.
¿Qué pasa en la entrevista?
Habrán de 3 a 5 partes en una entrevista de miedo creíble, dependiendo de cómo entró la persona al país:
- Preguntas biográficas como edad, país de origen, nacionalidad, etc.
- Preguntas sobre el por qué la persona tiene miedo de regresar a su país y, en ocasiones, si la persona también tiene miedo de regresar a México.
- Preguntas generales y estándar que se les hacen a todas las personas que aplican a un estatus en Estados Unidos, por ejemplo, si la persona ha cometido algún crimen, hecho daño a alguien más o si es un terrorista.
- Si la persona entró sin una cita previa en el punto de entrada, también se les preguntará por qué no usaron la aplicación CBPOne.
- Si la persona entró sin una cita previa en el punto de entrada, o sin permiso entre diferentes puntos de entrada, también se les preguntará acerca de circunstancias excepcionales que todavía podrían hacerlos candidatos para acceder al asilo. Ésto puede incluir:
- Si recientemente experimentaron emergencias médicas o violencia en México
- Si fueron amenazados por daños severos en México
- Si son víctimas de tráfico de personas
- Si aplicaron por asilo y les fue negado en México o algún otro país en su camino a Estados Unidos
¿Qué tipos de miedo cuentan y qué hechos informativos son relevantes?
Para que se le conceda asilo, una persona debe demostrar que ha sido perseguida o que tiene temores justificados de ser perseguida en su país de origen. La persecución incluye daños físicos, abusos sexuales u otros tipos de daños. Basándose en las leyes vigentes en Estados Unidos, el funcionario encargado del asilo evaluará si el daño que la persona ha sufrido y/o sufrirá en su país de origen es suficiente para que la persona pueda solicitar asilo en Estados Unidos.
Además, la persecución no puede deberse únicamente a la violencia general, la extorsión general o la pobreza. Tiene que ser por una razón específica e inmutable relacionada con la identidad de una persona, como su opinión política, nacionalidad, raza, religión o pertenencia a un grupo social determinado. Un grupo social concreto puede definirse, por ejemplo, por el sexo, la orientación sexual o el grupo familiar de una persona.
Además de demostrar el temor basado en motivos protegidos, un solicitante de asilo tiene que demostrar que su gobierno no puede o no quiere mantenerlo a salvo.
¿Por qué puede un funcionario decir que una persona no es elegible para el asilo aunque exprese miedo o temor?
Hay varias razones por las cuales una persona que busca asilo puede recibir una resolución negativa después de su entrevista:
- Porque su testimonio no se encontró creíble
- Porque su oficial cree que el daño no es suficiente para considerarlo persecución
- Porque el oficial cree que el daño no está relacionado con un motivo protegido (el por qué)
Incluso si una persona no reúne los requisitos para el asilo, puede optar a otro tipo de protección contra la deportación denominada "abstención de remoción" o a una ayuda en virtud de la Convención contra la Tortura (CAT).
Para ser elegible para la abstención de remoción, una persona tiene que demostrar todas las mismas cosas que tiene que demostrar para calificar para el asilo. También tienen que demostrar que es más probable que sufran persecución si son deportados que si no lo son, mientras que para el asilo una persona sólo tiene que demostrar una probabilidad de persecución del 10%. Se trata de un criterio más exigente que el del asilo. La abstención de remoción es para las personas que no pueden optar al asilo. Significa que aunque una persona no reúna los requisitos para el asilo, el gobierno de EE.UU. no la deportará. Una persona con abstención de remoción puede permanecer en Estados Unidos y trabajar legalmente, pero no puede viajar fuera de Estados Unidos ni obtener la residencia permanente.
Para ser elegible en virtud de la Convención contra la Tortura (CAT), una persona tiene que demostrar que es más probable que sufra daños lo suficientemente graves como para cumplir la definición de tortura si es deportada. También tiene que demostrar que el gobierno de su país de origen le torturaría o ignoraría intencionadamente si un particular le torturara. A diferencia de lo que ocurre con el asilo y la abstención de remoción, para obtener la protección de la Convención contra la Tortura las personas no tienen que demostrar que la tortura se produciría por uno de los cinco motivos reconocidos que se aplican en las decisiones de asilo y retención: raza, religión, opinión particular, nacionalidad y grupo social particular.
¿Qué pasa después de una CFI o Entrevista de Miedo Creíble?
NOTA: Ésta información está actualizada al día 23 de mayo de 2023. Las leyes y políticas de inmigración de EE.UU. pueden cambiar rápidamente, tenga en cuenta que la información puede cambiar desde la última actualización. Hacemos todo lo posible para actualizar cuando hay cambios significativos. La información en este sitio web no constituye consejo legal y es únicamente para fines educativos.