El Proyecto Internacional de Asistencia a los Refugiados (IRAP) proporciona ayuda legal gratuita a algunos refugiados y desplazados.
- IRAP ayuda a algunas personas a encontrar servicios y a preparar solicitudes de refugiados y de visado.
- IRAP no forma parte de ningún gobierno, IOM, o UNHCR.
- IRAP no puede conceder el estatuto de refugiado o visados ni acelerar casos.
- IRAP no puede proporcionar ayuda financiera, encontrar o pagar una vivienda o encontrar trabajo.
- Toda la ayuda de IRAP es gratuita. Ninguna persona afiliada a IRAP tiene derecho a pedirle dinero o cualquier otro servicio.
IRAP decide ayudar a las personas basándose en su necesidad y en su elegibilidad para el estatus de inmigración. IRAP no decide ayudar a las personas basándose en ningún otro criterio social, político o religioso.
Este sitio web proporciona información general sobre los procesos legales disponibles para algunos refugiados. No pretende ser un asesoramiento legal para solicitudes individuales.
Los requisitos pueden cambiar. Siempre revise los requisitos actuales del gobierno o agencia que decide su solicitud.
Si usted es un refugiado en una emergencia, le recomendamos que se ponga en contacto con la oficina de UNHCR en el país donde vive.
Resumen
El 14 de febrero de 2022, USCIS emitió una nueva política sobre matrimonios informales de refugiados y asilados. Esta guía explica la nueva política y cómo puede afectarle.
Resumen de la actualización
¿Qué es un “matrimonio informal”?
Un matrimonio informal es un matrimonio que no es legal en el lugar donde ocurrió. Por ejemplo, usted y su cónyuge se casaron en Sudán pero el gobierno sudanés no reconoce su matrimonio, entonces están casados informalmente. Algunos refugiados están casados de manera informal porque viven en países donde no se permite que los refugiados accedan a los servicios del gobierno. En algunos países, el gobierno no reconocerá los matrimonios entre dos personas del mismo sexo o dos personas de diferentes religiones. En estas situaciones, los refugiados pueden estar casadas informalmente.
¿Cuándo reconoce USCIS el “matrimonio informal” de un refugiado o asilado?
En febrero de 2022, USCIS cambió sus políticas para reconocer algunos matrimonios informales. USCIS ahora reconocerá los matrimonios informales en dos situaciones:
- Cuando los cónyuges no pueden hacer que se reconozca legalmente su matrimonio porque huían de la persecución y enfrentaban circunstancias fuera de su control. Un ejemplo de esto es si no pudo casarse en su país de origen y/o en un país de asilo porque no era seguro.
- Cuando las personas cónyuges no pueden hacer que se reconozca legalmente su matrimonio por leyes o prácticas restrictivas en el país de origen de la pareja de cónyuges o en el país de primer asilo. Un ejemplo de una ley o práctica restrictiva es si un país no permite que los refugiados reciban licencias de matrimonio.
¿USCIS reconoce los matrimonios informales en todos los casos de inmigración?
No. USCIS solo reconoce los matrimonios de refugiados y asilados para tres tipos de beneficios de inmigración:
- Solicitudes de asilo (I-589)
- Solicitudes de refugio (I-590)
- Peticiones de follow to join (seguir para unirse) (I-730)
¿USCIS reconoce un “divorcio informal”?
USCIS puede reconocer el divorcio informal de un matrimonio informal. Sin embargo, USCIS no reconoce un divorcio informal de un matrimonio legalmente válido.
¿Cómo puedo probar que tengo un matrimonio informal?
Los cónyuges deben mostrar signos de matrimonio. Esto podría incluir vivir juntos durante mucho tiempo o tener hijos juntos. Aquí hay algunas cosas que podría proporcionar a USCIS para ayudar a mostrar un matrimonio informal:
- Documentos que demuestren que vivieron juntos durante mucho tiempo, como un contrato de arrendamiento que muestre el nombre de ambas personas.
- Evidencia de que se han presentado como una pareja casada (por ejemplo: uso de un apellido común, estados de cuenta bancarios/de tarjetas de crédito conjuntos, o seguro de salud, automóvil u otro seguro conjunto).
- Fotos o video de una ceremonia de matrimonio.
- Actas de nacimiento de los hijos que han nacido de usted y su pareja.
- Cartas de personas que te conocen bien a ti o a tu pareja y tu relación. No es necesario que sean ciudadanos estadounidenses.
- Deben escribir su nombre completo, dirección y fecha y lugar de nacimiento.
- Deben describir cómo saben acerca de su relación, como asistir a su boda o pasar tiempo con ustedes como pareja.
- Si es posible, estas personas deben hacer que una firma notarial firme y selle esta carta antes de enviársela.
¿Qué significa esto para mi caso?
Solicitantes de follow to join (seguir para unirse) a refugiados/asilados (petición I-730)
Soy un refugiado o asilado peticionario de follow to join (seguir para unirse) (I-730), y mi caso fue denegado debido a mi matrimonio informal. ¿Qué puedo hacer?
En algunos casos, puede solicitar que se vuelva a abrir su petición de follow to join (seguir para unirse).Primero, USCIS permite la reapertura si se le negó solo porque no tenía un matrimonio legal. En segundo lugar, USCIS debe haber denegado su petición entre el 14 de febrero de 2019 y el 14 de febrero de 2022.
¿Cómo solicito que se abra de nuevo mi solicitud de refugio?
Debe presentar un formulario I-290B para reabrir su solicitud I-730.
Este formulario se puede presentar más allá de la ventana de presentación típica de 30 días debido a la reciente actualización de USCIS.
En la solicitud, puede ser útil explicar cómo su situación cumple con los requisitos explicados en esta guía anterior. También puede incluir pruebas que demuestren que tiene un matrimonio informal. Explicamos qué evidencia puede ser útil en una sección anterior de esta guía.
¿Cuánto cuesta un I-290B?
Un I-290B cuesta $675. Las exenciones de tarifas son posibles.
Solicitantes de asilo (solicitud I-589)
Soy un solicitante de asilo (I-589). ¿Cómo afecta esto a mi caso?
USCIS puede reconocer su matrimonio bajo esta nueva guía. Recomendamos usar los enlaces a continuación para encontrar un proveedor de servicios legales de inmigración gratuito o un abogado privado que le asesore sobre la mejor manera de comunicarse con USCIS sobre la elegibilidad de su cónyuge.
Solicitantes de refugio (solicitud I-590)
Mi petición I-590 fue denegada.
Soy un solicitante de refugio (I-590) y mi caso fue denegado debido a mi matrimonio informal. ¿Qué puedo hacer?
En algunos casos, puede solicitar que se vuelva a abrir su petición de seguimiento para unirse. Primero, USCIS permite la reapertura si se le negó solo porque no tenía un matrimonio legal. En segundo lugar, USCIS debe haber denegado su solicitud entre el 29 de enero de 2018 y el 14 de febrero de 2022.
Si no tiene certeza del motivo de su denegación, consulte el "Aviso de inelegibilidad para el reasentamiento" que debería haber recibido. El motivo de la denegación probablemente será la categoría 1, "Preocupación humanitaria especial" si se le denegó porque su matrimonio informal fue insuficiente.
¿Cómo solicito que se abra de nuevo mi solicitud de refugio?
Para solicitar que su solicitud se abra nuevamente, puede presentar una "Solicitud de revisión" (RFR). Las RFR son presentaciones escritas que explican un error en su caso de refugiado o brindan nueva información.
Algunos recursos útiles para enviar una RFR:
- Las guías de IRAP sobre cómo presentar una RFR están aquí.here.
- Los consejos útiles de USCIS sobre cómo presentar una RFR, incluido dónde debe presentarla, están aquí.
En la solicitud, puede ser útil explicar cómo su situación cumple con los requisitos explicados en esta guía anterior. También puede incluir pruebas que demuestren que tiene un matrimonio informal. Explicamos qué evidencia puede ser útil en una sección anterior de esta guía.
¿Cuánto cuesta una RFR?
No hay tarifa de presentación.
Mi I-590 no fue negado.
Soy un solicitante de refugio (I-590) y mi caso está en suspenso porque USCIS me pidió documentación de matrimonio. ¿Qué puedo hacer?
USCIS suspendió algunos casos de matrimonio informal. USCIS suspendió los casos si pensaba que la persona solicitante podría obtener documentos para un matrimonio legalmente reconocido.
Si su caso está en suspenso y USCIS le solicitó documentación de matrimonio, su matrimonio ahora puede ser reconocido antes como un matrimonio informal, lo que puede ayudar a acelerar su solicitud de refugio.
Le recomendamos que se comunique con su Centro de Apoyo para el Reasentamiento [Resettlement Support Center] (RSC) y solicite que USCIS reconozca su matrimonio informal. En la solicitud, puede ser útil explicar cómo su situación cumple con los requisitos explicados en esta guía anterior. También puede incluir pruebas que demuestren que tiene un matrimonio informal. Explicamos qué evidencia puede ser útil en una sección anterior de esta guía.
Soy una persona solicitante de refugio (I-590 o I-730) y mi casó se separó del caso de mi cónyuge. ¿Que puedo hacer?
Es posible que USCIS haya separado su caso de su cónyuge y le haya dado números de caso diferentes porque no reconoció su matrimonio informal. Si esto le sucedió, le recomendamos que envíe un correo electrónico a su Centro de Apoyo para el Reasentamiento [Resettlement Support Center] (RSC) para solicitar que sus casos se consoliden (vuelvan a estar juntos) de acuerdo con las nuevas pautas. En la solicitud, puede ser útil explicar cómo su situación cumple con los requisitos explicados en esta guía anterior. También puede incluir pruebas que demuestren que tiene un matrimonio informal. Explicamos qué evidencia puede ser útil en una sección anterior de esta guía.
Pidiendo ayuda
Usted o su pariente pueden querer pedir ayuda a un abogado de inmigración con este proceso. Aquí hay algunos recursos:
- La información sobre cómo solicitar ayuda de IRAP está aquí..
- Si estás en Jordania, puedes solicitar la ayuda de IRAP Jordan usando este formulario. Si el formulario está cerrado, puede volver a consultarlo en una fecha posterior.
- Una lista de proveedores de servicios legales de inmigración gratuitos en los Estados Unidos están disponibles aquí.
- Una lista de abogados o abogadas privadas de inmigración en los Estados Unidos está disponible aquí.