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Este artículo se actualizó por última vez el 12 de marzo de 2025
Resumen
Este artículo es para personas que tienen preguntas sobre las políticas actuales de reasentamiento de refugiados de EE. UU., incluida la nueva “orden ejecutiva” firmada por el presidente Trump el 20 de enero de 2025. Esta orden ejecutiva se llama “Realineación del Programa de Admisión de Refugiados de Estados Unidos” y detuvo al programa de reasentamiento de refugiados en Estados Unidos.
El artículo explica tanto lo que dice esta orden ejecutiva como lo que significa para las personas que pueden verse afectadas por estos cambios, como las personas que actualmente están solicitando refugio o potencialmente piensan solicitarlo. También explica cómo la orden se ve afectada por la demanda de IRAP que desafía la decisión del gobierno de pausar el programa de reasentamiento de refugiados.
¿Pueden los refugiados seguir viniendo a Estados Unidos?
Esta es una pregunta complicada de responder, y la respuesta puede ser diferente para diferentes personas. Para entenderlo, hablemos de la “orden ejecutiva” relacionada con el reasentamiento de refugiados, como ha cambiado la política de EE. UU. y cuales son las reglas actuales para los refugiados que quieren venir a EE. UU.
El programa de reasentamiento de refugiados de EE. UU. se llama Programa de Admisión de Refugiados de EE. UU. o “USRAP”. Una “orden ejecutiva” es un documento oficial del presidente que requiere que el gobierno haga ciertas cosas.
El 20 de enero de 2025, el presidente Trump emite una orden ejecutiva llamada “Realineación del Programa de Admisión de Refugiados de los Estados Unidos". Esta orden dice que el gobierno de los Estados Unidos debe detener temporalmente que los refugiados ingresen a los Estados Unidos, y que también hará una pausa en la toma de decisiones sobre las solicitudes de refugio abiertas.
Poco después de que el presidente emitiera esta orden, las agencias gubernamentales dejaron de aceptar nuevas solicitudes de refugio y congelaron todos los casos que ya estaban abiertos. También cancelaron vuelos y arreglos de viaje para los refugiados que ya estaban aprobados para viajar.
¿Sigue suspendido el programa de reasentamiento de refugiados de Estados Unidos?
IRAP ha presentado una demanda contra el gobierno de los Estados Unidos que dice que es ilegal pausar o detener el Programa de Admisión de Refugiados de los Estados Unidos (USRAP). Este caso aún está en curso, pero en este momento, un juez ha ordenado al gobierno que reinicie el programa. Sin embargo, el gobierno aún no ha restaurado el programa a lo que parecía antes de la pausa, y eso hace que sea muy difícil para los refugiados viajar a los Estados Unidos. Como se explica a continuación, es más fácil en este momento para los refugiados que vienen a reunirse con sus familiares que han presentado solicitudes I-730 para que viajen a los Estados Unidos (a su propio costo) que para otros refugiados venir a los Estados Unidos.
La demanda
El 10 de febrero de 2025, IRAP presentó una demanda contra el gobierno llamada Pacito v. Trump. Esta demanda argumenta que es ilegal que el gobierno detenga el Programa de Admisión de Refugiados de EE. UU. (URSAP) y el financiamiento relacionado mediante una orden ejecutiva. La demanda pide a un juez estadounidense que decida si la orden ejecutiva y las acciones que el gobierno tomó para detener el USRAP son ilegales.
El 25 de febrero de 2025, un juez federal dictaminó que, mientras el caso está en curso, el gobierno no puede parar el USRAP ni retener parte del dinero que se utiliza para apoyar el programa. Puede encontrar un enlace a la orden escrita del juez aquí. Las agencias del gobierno han apelado esta decisión a un tribunal superior para pedirle que revise el caso nuevamente. En este momento, la orden del juez de que el USRAP debe comenzar a procesar casos y reasentar a los refugiados nuevamente sigue vigente.
Estado Actual
El 10 de marzo de 2025, el gobierno presentó un “reporte de la situación” para explicar cómo están respondiendo a la orden del juez. Según este informe, el gobierno ha reanudado la toma de decisiones sobre las solicitudes de refugio, pero no está claro cuándo se iniciarán otros pasos de procesamiento. Los “centro de apoyo al reasentamiento”, que son agencias financiadas por el gobierno responsables de manejar los expedientes de los casos, comunicarse con los solicitantes y coordinar el procesamiento de los casos, todavía no parecen estar abiertos y funcionando en este momento.
¿Cómo afecta esta orden ejecutiva a mi caso?
Antes de la orden del juez del 25 de febrero diciendo que el gobierno necesitaba “descongelar” el programa de reasentamiento de refugiados, el gobierno había suspendido todas las solicitudes de refugio que estaban abiertas. El gobierno detuvo puso en pausa todos los pasos del proceso de solicitud de refugio, entre ellas:
- aceptar nuevos referimientos,
- creación de casos nuevos,
- programar entrevistas,
- aprobación o negación de casos,
- programación de exámenes médicos, y
- programación de vuelos para personas que han completados todos estos pasos
En respuesta a la orden del juez del 25 de febrero, el gobierno ha informado que ha comenzado a tomar decisiones sobre los casos nuevamente para los solicitantes que ya fueron entrevistados. No ha reportado sobre ninguno de los otros pasos siendo reiniciados todavía.
¿Hay alguna excepción a la suspensión? ¿Hay casos en los que estas nuevas reglas quizás no se apliquen?
La orden ejecutiva dice que las excepciones podrían ser posibles. Sin embargo, no dice el tipo de casos que recibirán excepciones. La orden dice que el gobierno sólo puede hacer una excepción si decide que es de “interés nacional” y que una persona refugiada “no representa una amenaza para la seguridad o el bienestar de Estados Unidos.” La orden no dice qué significa eso, y el gobierno no ha dado ninguna información sobre cómo solicitar una excepción.
¿Puedo abrir un nuevo caso USRAP?
No está claro. El gobierno de Estados Unidos ha pausado todas las nuevas solicitudes de refugio como parte de su respuesta a la orden ejecutiva del presidente. Sin embargo, el 25 de febrero, un juez le dijo al gobierno que tienen que suspender la pausa. Todavía no sabemos cuando el gobierno va a permitir nuevas aplicaciones a la luz de esta orden.
¿Afecta la suspensión al programa Welcome Corps?
Sí, el gobierno de Estados Unidos detuvo todas las partes del programa Welcome Corps como parte de su respuesta a la orden ejecutiva del presidente. Se dejaron de aceptar nuevas solicitudes de patrocinio y se detuvo la tramitación de solicitudes abiertas. Sin embargo, el 25 de febrero, un juez le dijo al gobierno que tienen que suspender la pausa. Todavía no sabemos cuando el gobierno va a reabrir el proceso de Welcome Corps a la luz de esta orden.
Soy un solicitante de Visa Especial de Inmigrante (SIV) afgano o iraquí. ¿La suspensión u otros cambios de la Administración Trump afectarán mi solicitud de SIV?
Quizás.
Presentación de una solicitud, entrevistas y otros procesamientos: Las solicitudes, entrevistas y procesos de solicitudes de SIV afganos e iraquíes en embajadas y consulados no se ven afectados por la suspensión por no forman parte del USRAP.
Viajar: La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) ha suspendido los vuelos para personas que tienen SIV afganos e iraquíes. Las personas con SIV aún pueden reservar su propio viaje.
Beneficios para refugiados: Debido a otra acción de la administración Trump, los titulares de SIV que llegan a los EE. UU. pueden verse afectados por los cambios en la financiación de las agencias de reasentamiento de refugiados. Para obtener más información, lea la sección de esta guía sobre los beneficios para los refugiados.
¿Afecta la suspensión a los casos de afganos que solicitan a través del programa afgano P-1 / P-2?
Sí, todas las solicitudes de refugio se ven afectadas por esta orden ejecutiva, incluidos los casos remitidos a través del programa afgano P-1 / P-2. Sin embargo, el 25 de febrero, un juez le dijo al gobierno que necesitaban levantar la pausa. Todavía no sabemos cuándo el gobierno reiniciará el procesamiento de estos casos a la luz de esta orden.
¿Ha pausado la Administración Trump la asistencia de salida del gobierno de EE. UU.(“reubicación de CARE”) para personas afganas de Afganistán?
A partir del 28 de enero de 2025, el gobierno de EE. UU. ha pausado los vuelos de asistencia a la salida de Afganistán. Es posible que el gobierno de EE. UU reanude los vuelos para los afganos que no tienen solicitudes de USRAP, pero ha habido informes de noticias de que el gobierno cerrará este programa a finales de este año.
Mi familiar solicitó que me reuniera con ellos en los Estados Unidos. ¿Todavía es una posibilidad para mi ir?
No podemos dar respuestas definitivas sobre el caso de una sola persona. Sin embargo, sí sabemos cómo afectará esta orden a los diferentes tipos de casos.
Tipos de casos que no se ven afectados por este orden
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Si su pariente es un asilado y solicitó traerlo a los Estados Unidos utilizando el proceso I-730 (“seguir para unirse al asilado”): Su caso no es afectado.
- Los “asilados” son personas que recibieron el estatus de asilo una vez que ya estaban en Estados Unidos. Los familiares de los asilados que solicitan venir a los Estados Unidos utilizando el proceso I-730 no se ven afectados por esta orden ejecutiva, ya que sus casos no son parte del USRAP.
- Se puede encontrar más información sobre el caso I-730 para asilados aquí.
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I-130: Si su pariente solicitó traerle a los Estados Unidos con un I-130 (formulario de petición de inmigración familiar), su caso no se vería afectado.
- El proceso de inmigración basado en la familia I-130 es para ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales (LPR, o “titulares de la tarjeta verde(Green card)” que solicitan traer a ciertos familiares calificados a los Estados Unidos. Esta vía no es parte de USRAP. Se puede encontrar más información aquí.
Tipos de casos que se ven afectados por esta orden
- Si su pariente es un refugiado y solicitó traerlo a los Estados Unidos utilizando el proceso I-730 (“seguir para unirse al refugiado”): Su caso puede verse afectado Debido a la suspensión, las agencias gubernamentales detuvieron el procesamiento y los viajes para estos casos. Sin embargo, el 25 de febrero, un juez le dijo al gobierno que estaban reiniciando el procesamiento de casos y la toma de decisiones sobre este tipo de casos. También informaron que a los solicitantes que fueron aprobados se les iba a permitir viajar a los Estados Unidos.
- En este contexto, los “refugiados” son personas que fueron reasentadas en los Estados Unidos a través del USRAP, lo que significa que solicitaron y fueron aprobados para recibir el estatus de refugiado antes de ingresar a los Estados Unidos.
- El gobierno ahora dice que los refugiados que estaban listos para viajar antes de la prohibición pueden viajar, pero deben pagar sus propios boletos de viaje.
- Solicitantes de refugio, a través del proceso “seguir para unirse al refugiado”, que están a la espera de sus propios exámenes médicos. El gobierno estadounidense dice que los refugiados que pueden seguir para reunirse pueden comunicarse directamente con un médico del panel para programar su exámen. Se puede encontrar más información sobre los médicos del panel en el sitio web de la embajada donde será entrevistado.
- Puede encontrar más información sobre la I-730 para refugiados aquí.
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Si su pariente solicitó traerle a los Estados Unidos a través del programa de reunificación familiar de “Prioridad 3” (P-3): Su caso puede verse afectado. El programa P-3 es parte de USRAP. Sin embargo, el 25 de febrero, un juez le dijo al gobierno que necesitaban levantar la pausa. Todavía no sabemos cuándo el gobierno reiniciará el procesamiento de estos casos a la luz de esta orden.
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Si usted es iraquí o sirio y su pariente solicitó traerle a través del programa especial USRAP I-130: Su caso de refugiado a través de USRAP puede verse afectado. Sin embargo, el 25 de febrero, un juez le dijo al gobierno que necesitaban levantar la pausa. Todavía no sabemos cuando el gobierno reiniciará el procesamiento de estos casos a la luz de esta orden. Además, el procesamiento de visas de inmigrante a través del proceso regular I-130 mencionado antes no se verá afectado.
- Si su pariente u otra persona solicitó patrocinar a través de Welcome Corps: Su caso puede verse afectado. El programa Welcome Corps es parte de USRAP. Sin embargo, el 25 de febrero, un juez dijo al gobierno que necesitaban suspender la pausa. Todavía no sabemos cuándo el gobierno reiniciará el procesamiento de estos casos a la luz de esta orden.
- Si su pariente solicitó traerlo a los Estados Unidos a través del Programa de Menores Centroamericanos (CAM): Su caso de refugiado puede verse afectado, porque los casos de refugiados CAM son parte del USRAP. Sin embargo, el 25 de febrero, un juez le dijo al gobierno que necesitaban suspender la pausa. Todavía no sabemos cuándo el gobierno reiniciará el procesamiento de estos casos a la luz de esta orden. IRAP también entiende que el procesamiento de parole de CAM se ha suspendido, pero el gobierno no ha hecho anuncios oficiales al respecto, y no tenemos detalles en este momento.
¿La suspensión afecta a los casos ante el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)?
No, la suspensión no afecta a los procedimientos de ACNUR ni a las decisiones de ACNUR sobre la condición de refugiado o el reasentamiento. Sin embargo, si ACNUR lo remitió a los EE. UU. para su reasentamiento y ahora tiene un caso de USRAP, su caso de reasentamiento en los EE. UU. puede verse afectado por esta orden ejecutiva.
Si fui reasentado en los EE. UU. a través de USRAP y estoy en los Estados Unidos ahora, ¿la suspensión afecta mi estatus aquí?
La suspensión sólo afecta a los refugiados que están fuera de EE. UU. y quieren ingresar a los EE. UU. a través de USRAP. Si se encuentra en los Estados Unidos, la suspensión no afecta su estatus. Por favor, lea la sección anterior si está solicitando la reunificación familiar de un pariente para saber si podría verse afectado.
Si fui reasentado en los EE. UU. a través de USRAP o ingresé con SIV y recibo beneficios de refugiado, ¿me afectará la pausa de la Administración Trump en el financiamiento a las agencias de reasentamiento de refugiados?
Quizás. Aparte de la suspensión del USRAP, la administración Trump ha dicho a las agencias de reasentamiento en los EE. UU que no usen parte del dinero del gobierno de los EE. UU para brindar servicios a los refugiados. Algunas agencias de reasentamiento han continuado brindando servicios y algunos servicios podrían detenerse o cambiar. IRAP ha desafiado la pausa en estos servicios como parte de nuestra demanda.
Información y recursos adicionales
¿Cuál es el proceso de reasentamiento de refugiados en Estados Unidos?
¿Cómo puedo verificar el estado de mi solicitud de refugio en EE. UU?
¿En qué consiste el proceso de reasentamiento de ACNUR?
El Proyecto Internacional de Asistencia a los Refugiados (IRAP) proporciona ayuda legal gratuita a algunos refugiados y desplazados.
IRAP decide ayudar a las personas basándose en su necesidad y en su elegibilidad para el estatus de inmigración. IRAP no decide ayudar a las personas basándose en ningún otro criterio social, político o religioso. Este sitio web proporciona información general sobre los procesos legales disponibles para algunos refugiados. No pretende ser un asesoramiento legal para solicitudes individuales. Los requisitos pueden cambiar. Siempre revise los requisitos actuales del gobierno o agencia que decide su solicitud. Si usted es un refugiado en una emergencia, le recomendamos que se ponga en contacto con la oficina de UNHCR en el país donde vive. |
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